En Río Negro, la
Ley de Violencia Familiar es la Nº 3040.
Entre las últimas modificaciones que se hicieron a su reglamentación figura la relacionada con la obligatoriedad de que el agresor o autor del delito realice tratamiento psicológico.
Dice así, cuando se refiere a las sanciones que recibirá:
Artículo 29: -Sanción subsidiaria.- En todos los casos y de manera subsidiaria a las aplicación de las sanciones previstas en esta ley, el juez ordenará también la realización de terapia psicológica para el autor ante los organismos públicos de salud destinados para ese fin.
En caso de incuplimiento de esta medida, el juez determinará la aplicación de las sanciones previstas en esta ley.
Los profesionales respectivos deberán determinar el tiempo de duración y modalidad de la terapia debiendo informar al juez sobre esas circunstancias y el cumplimiento de la misma.
Ahora, yo me pregunto ¿tengo la obligación de atender a un violento, maltratador de mujeres o menores o abusador? Soy la única psicóloga en el hospital del pueblo, si el juez me lo "ordena" ¿tengo que atender?¿qué pasa si me niego?
Pregunto porque no sé y temo que pronto suceda por varios casos que tenemos. Saludos, Silvia.
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Hola Silvia, mientras leía tu mail, pensaba lo mismo que vos planteás al final del mismo.
Me pregunto si quien elaboró esa ley, tiene el más mínimo
conocimiento de lo que es uan tratamiento psicológico. Porque no sólo tengo yo
derecho a atender a quien quiero, en función de que una transferencia negativa
me impediría hacerlo, sino que no sirve de nada una terapia impuesta, eso lo
sabemos bien. Si al paciente "lo traen" o "lo obligan", lo
único que lo gran es hacernos perder tiempo. Concretamente en mis épocas de Hospital, nos mandaban a las chicas de
Instituto para hacer terapia , y para lo único que concurrían era para salir de
la Institución una hora semanal.
Si no hay conciencia de "enfermedad" o "necesidad de cambio", nada vamos a lograr más que frustrarnos y deperdiciar nuestro tiempo.
Personalmente no atendería jamás a un golpeador y menos a un abusador. De hecho, en este momento tengo un caso en el que solo debo hacer psicodiagnóstico, pero es tal el rechazo que esta persona me inspira en función de su personalidad violenta, psicopática y alexitimica, que no veo el momento de terminar con el proceso de evaluación.
Creo que alguien tiene que instruir a los que legislan acerca de los alcances de un tratamiento psicoterapeutico. De otro modo, dá la sensación de que es un "castigo" que se les impone. Pero lamentablemente el castigo es para nosotros, los terapeutas.
Un abrazo
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Silvia: sin pretender orientar el tema, te diré que por suerte sos psicóloga.
No hay tratamiento psicológico por orden del juez que no
exiga el deseo del paciente de tratarse. Conciencia de enfermedad y fantasía de curación.
Discriminar eso puede llevar mucho tiempo y además en estos casos no hay alta posible. Me parece que un informe técnico del tipo: "el sujeto que ha sido enviado para su tratamiento psicológico no tiene conciencia de enfermedad y por lo tanto no hay posibilidad de recuperación de la patología mental que presenta. Solicito al señor Jue sea derivado al servicio de Psiquiatría, Neurología o cualquiera sea la especialidad médica que brinde tratamientos sin la participación conciente del afectado. Dios guarde al señor Juez. Será Justicia"
Un abrazo
ALFREDO
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Silvia:
A mi juicio la respuesta judicial que propone Alfredo debería estar preimpresa en todos los servicios asistenciales que reciben pacientes coactivos (y no pertenecen a la "industria del tratamiento") Supongo que hasta el más ignorante de lo jueces recularía frente a texto tan diplomático que omite agregar que esos servicios de posible recepción van a jugar al "como sí".
Creo que la ley provincial (como tantos otros textos
nacionales, Ej. La ley de
estupefacientes) muestran la necesidad de que en su dictado participen de
manera amplia los agentes de salud, porque esta legislación es muy
importante para dejarla en manos de legisladores apurados, abogados y
ciertos psiquiatras.
Notá que el art. 29 trata el tratamiento como una "sanción subsidiaria" (¡¡¡) por lo que aunque decidieras abordar un caso ya no lo harías como profesional de la salud sino como administradora de sanción. Esto es algo más grave que la remisión de un paciente sin conciencia de situación, voluntad o fantasía de cura; esto es un desprecio y un ninguneo fenomenal a la actividad asistencial que queda equiparada a un "llavero" de servicio penitenciario.
Un cordial saludo
Horacio
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Gracias Alfredo por la carta, Horacio, India, todos los que
siempre me responden y apoyan constantemente.
Por el momento, lo único que "tengo" que atender por orden del juez,
es a una madre de tres hijos a quien su familia acusa, por denuncia, de
maltratar a sus hijitos de 9 meses, 2 y 3 años.
Esta señora, desmiente. Vive en la indigencia en un vagón abandonado del
ferrocarril y el único ingreso es el que le da el papá del menor de los niños.
Yo la visité en
el vagón, y le dí el espacio para que me cuente. Los niños no estaban
bien, ella perdía la paciencia seguido. Pero les aseguro que viviendo en esa
situación no es muy difícil. Su relato es otro. La cité para dos días después. Y no fue, porque hubo que internar al de 3
años por una diarrea, deshidratación, bajo peso, en fin, la derivaron a Viedma
y ahora que regresó, dice que se irá a vivir al campo con el padre del pequeño,
inició el reclamo por alimentos al padre de los mayores y dice que no irá a
verme de ningún modo porque no está loca.
Supongo que es poco ya lo que puedo hacer, además de volver a visitarla antes de que se vaya, e informar al juez mi apreciación sobre la situación.
Este tipo de
situaciones son cosa de todos los días.
Creo que lo que me cuesta más es cuando ante un relato de violencia y/o maltrato,
tanto a mujeres como menores (y tenemos varios), el juez de paz, cree el relato
del hombre violentos, o a los familiares que denuncian a las mujeres por los
maltratos a los menores, para que las abuelas paternas se hagan cargo de los
niños.
En los casos de
mujeres, hemos tenido situaciones muy, muy difíciles y aún las tenemos en este
momento, porque los violentos lo niegan siempre y a veces, no hay huellas
físicas. Yo me baso en estas situaciones, en los indicadores para validar un
relato, tanto de una mujer golpeada o violentada, como en los de ASI. Y actúo
en consecuencia.
Las aberraciones
que dice el juez no tienen idea de lo graves que son.
En este momento, vamos a elevar a la Unidad Ejecutora Provincial para el trabajo con la Violencia (tenemos una Unidad Ejecutora Local, con una Asistente Social con la que trabajo muy bien), los dichos del juez y que ellos se hagan cargo, porque nos sobrepasa, y además, tenemos que seguir trabajando con él.
Pero, en lo concreto, los violentos niegan, tienen "testigos", y apoyos de todo tipo.
Por ahora, yo no he "tenido" que atenderlos.
Hay una precisión que necesito aclarar, cuando mencionaba el art. 29 de la Ley de Violencia Familiar de la Provincia, dice "Sanción subsidiaria", se supone que hay otra que es la principal y que el caso pasó por algún tipo de proceso que llegó al establecimiento de alguna sanción. Y además, supongo con buena intención, pero mal indicado, viene el tratamiento obligatorio.
Por esto, se me ocurre que, hasta tanto ese proceso no exista, el juez no debería poder ordenar el tratamiento, sólo porque la familia de una mujer denuncia maltrato a los hijos o porque en un conflicto por violencia conyugal, nosotros logramos que dicte la exclusión del hogar, y él para "conciliar a la pareja" pide el tratamiento conjunto o separado. Entiendo que en esas situaciones me puedo negar a atender argumentando que cuando la persona lo solicite lo o los atenderé. Y que si hay denuncia de delito (como es la violencia) mi primer deber es proteger a la víctima dentro de las leyes existentes.
El problema se presenta cuando esta persona viene voluntariamente porque "necesita aclarar" que lo que le creímos a su mujer es mentira.
En fin, hay varios temas en lo que escribí, sepan disculpar esta mezcla, el problema es sobre todo con el juez de paz, con la imposibilidad de derivar y con que acá todo se maneja con los dichos de uno y otro, vecinos, parientes, políticos, y hasta el mismo juez, enredado en los vínculos.
Bueno, gracias y seguiré contando poco a poco cómo se resuelven o no, las cosas. Tengan por seguro que "pueblo chico es infierno grande" y que hago lo que puedo.
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Silvia. Una vez que se abre un paquete, por más que
intentemos cerrarlo una y otra vez, nunca queda igual. Tal vez la señora hoy no
pueda hablar, pero cuando
uno ofrece un espacio para escuchar, deja marcado un caminito...tal vez mañana
con vos o el año que viene en otro sitio...Si podemos pensar que nuestro primer
paso es intentar que alguien se haga alguna pregunta. No me refiero al
" qúé tengo yo que ver con esto que me pasa"?, no, aún no.
Simplemente " Esto de qué se trata"? o algo así...
Silvia es
importante que nos cuidemos de la identificación, y esto es un trabajo
que lo conseguimos en el mucho andar, en el análisis personal y en la supervisión.
Coincido con el mensaje que te envió Eva. Solo agrego que en esta tarea para vos nueva, vas a recibir muchas campanas diferentes, y en hora buena que todas no tengamos la misma experiencia así alguien puede ir formando su propio modelo. Mi experiencia tal vez sea diferente a la de algunas compañeras que leí y respeto.
Creo que la clínica es también ...Según el color del cristal...o dicho de otra forma mucho va a depender de la posición que cada uno tome ante la clínica. Creo que hay discursos diferentes que también nos posicionan en un quehacer diferente, y en una escucha también diferente.
Yo no recibo en el hospital Violentos, bulímicas, o ataques de pánico. A mi admisión llega gente con neurosis, psicosis o psicopatías.
Generalmente las psicopatías o se auto excluyen rápidamente o , reitero, si son perversos abusadores los derivo.
Son muchos los casos en que el juez da la exclusión del hogar y al poco tiempo la mujer vuelve a abrirle las puertas, y ya no por miedo. Con dispositivo de pareja y familia intentamos propiciar que se vehiculice en la palabra aquello que estaba puesto en acto.
No trabajamos con
grupos de los...
En el 2000
hicimos la experiencia de incluir en grupos a pacientes neuróticos que tenían
diferentes fuentes de derivación.
Demanda espontánea, derivados por juzgados por violencia
familiar y por la derivación interna del Servicio o de la Red. Trabajamos así con 7 grupos de 8 pacientes cada
uno. Eran grupos mixtos, hombres y mujeres que les pasaban cosas, parecidas y
diferentes. Al cabo de un año de sesiones semanales de una hora y media. No
observamos diferencias en estos casos y en los grupos que trabajamos
habitualmente.
Con esto te quiero decir que a veces, cuando le perdemos el miedo a la carátula, cuando dejamos a un costado el Oficio y nos conectamos con nuestro propio oficio de escuchar, a veces pasan cosas piolas.
Espero que te sirve.